La SGAE reclama 31.000 euros de indemnización a una asociación sin ánimo de lucro

La Asociación Almenara, que trabaja en el madrileño barrio de La Ventilla (Tetuán), firmó hace unos meses el correspondiente contrato-autorización con la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Ahora y, sin previo aviso, la sociedad les exige 31.000 euros.

Todas aquellas y aquellos que hayáis sintonizado el 91.4 de la FM en un radio de un kilómetro alrededor del barrio de La Ventilla conoceréis Radio Almenara, una pequeña emisora de radio comunitaria que, además desarrolla talleres formativos con jóvenes del barrio y personas con discapacidad.

La radio ha funcionado de forma discontinua debido a la enorme dificultad de sacar adelante un proyecto de radio comunitaria, para su uso social y sin emisión de publicidad. Durante 2005 el proyecto se estabiliza y la asociación se pone en contacto con la SGAE para trasladar su decisión de firmar el correspondiente contrato-autorización para que la emisora pueda utilizar música del repertorio de la SGAE. En su carta, la asociación solicitaba a la sociedad la modificación de algunas cláusulas del contrato, así como una revisión de la tarifa a aplicar al considerarla demasiado elevada para una emisora sin ánimo de lucro. Sin embargo la asociación no obtuvo respuesta y meses después, tras la visita de un comercial de la SGAE, formalizaron la firma del contrato. Esto fue el 1 de diembre de 2005. Ahora y, casi tres meses después, dando ya el tema por zanjado, la asociación recibe una demanda de la SGAE a través del Juzgado de lo Mercantil de Madrid. de 31.154,77 euros en concepto de indemnización por atrasos. Estimando que la asociación debía de haber pagado la Categoría Especial (más de 400 euros al mes) por comunicación y reproducción pública desde enero de 1999. Sin embargo, gran parte de ese tiempo, la emisora de radio se encontraba inactiva.

Las emisoras sin ánimo de lucro no están exentas del pago de un canon por comunicación pública de obras musicales con derechos de autor, aunque la Ley de Propiedad Intelectual dice que se debe de aplicar una reducción a la tarifa general (art 152.1b de la LPI). En este sentido la SGAE viene aplicando a este tipo de emisoras la tarifa mínima (Categoría Cuarta), que conlleva un pago de unos 60 euros al mes.

Desde la recepción del requerimiento, la Asociación Almenara lleva una semana intentando aclarar el asunto con la SGAE, pero el tiempo pasa y aún no hay respuesta. Los miembros de la asociación piensan que la denuncia se debe a un error de coordinación interno de la SGAE, ya que no tienen ningún sentido que no se reclame nada durante la firma del contrato y meses después remita la denuncia. La situación generada está ocasionando un grave perjuicio y pone en peligro no solo la continuidad del proyecto de la radio, sino la continuidad de todas las actividades que desarrolla la asociación.

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