Las comunidades ya pueden solicitar la instalación de ascensores exteriores

El viernes 7 de noviembre de 2008 fue publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) una modificación puntual de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) que va a permitir la ocupación de suelo público (zonas verdes y vías públicas) para la instalación de ascensores en las fachadas de aquellos edificios residenciales en los que aparezca como la única solución técnicamente viable

Las comunidades ya pueden solicitar la instalación de ascensores exteriores
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. Para ello, habrá que demostrar que resulta imposible instalarlo en el interior del edificio de la comunidad de vecinos demandante. Las licencias serán competencia de las juntas municipales de distrito, y servirán para determinar el suelo de dominio y titularidad pública.

Con el fin de garantizar que la información llegue a todos los vecinos y vecinas, la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM) retomará la campaña informativa en los barrios, a través de reuniones con las asociaciones vecinales o mediante asambleas abiertas.

Para demandar un acto informativo u otras cuestiones relacionadas con este asunto podéis dirigiros al Área de Rehabilitación de la FRAVM y preguntar por Delia o Tamara (Tel. 91 725 29 09).

Puedes descargarte (en PDF) el texto de la norma recientemente publicada en el BOCM en el siguiente enlace

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