El Ayuntamiento de Madrid abre la puerta a la regularización de la mayoría de los pisos turísticos del distrito Centro

A tenor de lo sucedido el pasado 23 de enero en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), da la sensación de que el consistorio de Manuela Carmena intenta regularizar, por la puerta de atrás, la inmensa mayoría de los pisos turísticos que existen en la actualidad en el distrito Centro.

El Ayuntamiento de Madrid abre la puerta a la regularización de la mayoría de los pisos turísticos del distrito Centro
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En esa sesión se tomó un acuerdo relativo a la “interpretación sobre la adscripción de uso y condiciones de aplicación que han de requerir a los apartamientos turísticos y las viviendas de uso turístico” (publicado a la postre en el número 8.084 del BOAM, de 1 de febrero de 2018) que en la práctica permitirá legalizar la mayor parte de inmuebles que se encuentran en una situación de ilegalidad o alegalidad. Lo hará por dos motivos: porque suprime el requisito de habilitar accesos independientes en el edificio y porque equipara las condiciones de habitabilidad de este tipo de inmuebles a las de cualquier vivienda.

Ante estos hechos, la FRAVM ha presentado esta mañana en el Consistorio un recurso potestativo de reposición con objeto de que se declare nulo el acuerdo de la comisión, un organismo que ni siquiera “es competente para tomar tal decisión”.

De manera literal, la resolución, que se basa en unos simples “comentarios” realizados por el Ministerio de Fomento, concluye que “en el caso de que la clase de uso de hospedaje en la modalidad de viviendas de uso turístico (VUT) se implante en un edificio, sin que se trate de un uso extendido al edificio entero, no ha de requerirse acceso independiente ni exclusivo diferente del de las otras viviendas”. Asimismo, “respecto a las condiciones de habitabilidad que esta modalidad de alojamiento debe cumplir, serán las mismas que las de las de vivienda”.

Según la FRAVM, que también critica el hecho de que el acuerdo no se haya sometido a información ni debate públicos, la exigencia de escalera independiente opera como un elemento disuasorio de la terciarización del parque residencial del centro de Madrid. Poner freno a esa transformación fue y es uno de los objetivos principales del PGOUM.

“La interpretación que se plantea supone una regularización encubierta de miles de situaciones hoy contrarias a las Normas Urbanísticas. Todo ello en perjuicio de las condiciones de vida y vivienda de la población residente, que crecientemente viene manifestando su malestar y vulnerabilidad por el crecimiento desmedido de un fenómeno que nada tiene que ver con la economía colaborativa”, sostiene la federación ciudadana en el recurso.

Por otro lado, llama poderosamente la atención que la Comisión de Seguimiento del PGOUM se lance a realizar interpretaciones de este calado cuando el propio Ayuntamiento acaba de abrir un proceso de revisión del actual planeamiento con objeto de poner coto al fenómeno de los alojamientos turísticos. La oportunidad o no de requerir acceso independiente debe ser evaluada en este marco.

La equiparación de las condiciones de habitabilidad, por su parte, contraviene lo establecido en el artículo 18 del Decreto 79/2014, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid. “De nuevo, se constata que la interpretación se anticipa al proceso de revisión del Decreto 79/2014 que ha decidido el consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y que prevé ampliar dichas condiciones, así como exigir un Certificado de idoneidad para viviendas de uso turístico”, indica la FRAVM en su escrito.

Por todo lo anterior, la federación vecinal demanda la anulación del citado acuerdo de la Comisión de Seguimiento del PGOUM, pues no solo es fruto de un procedimiento incorrecto sino que puede provocar consecuencias muy negativas en el vecindario del centro de la capital, muy afectado por el fenómeno de la proliferación descontrolada de alojamientos y viviendas de uso turístico. Si el Ayuntamiento hiciera caso omiso del recurso, la FRAVM estaría obligada a demandar en los tribunales la nulidad del acuerdo.

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