La sentencia sobre el traslado de la basura del Henares a Valdemingómez es “decepcionante” y tiene “muy poca base jurídica”

Esta semana hemos conocido una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid de fecha 28 de junio que desestima el recurso interpuesto en enero de 2020 la FRAVM contra la autorización de trasladar la basura de la Mancomunidad del Este al Parque Tecnológico de Valdemingómez. Se trata de un fallo judicial decepcionante y sorprendente, que ha sido dictado, en palabras del presidente de la federación, Quique Villalobos, con “muy poca base jurídica”.

La sentencia sobre el traslado de la basura del Henares a Valdemingómez es “decepcionante” y tiene “muy poca base jurídica”
Descarga de basura en Valdemingómez

El magistrado que redacta la sentencia entiende que el envío de los residuos de las localidades del Henares a Valdemingómez era “la única alternativa posible” ante la colmatación del vertedero de Alcalá y fue realizado con el “necesario amparo legal”. Por ello, rechaza el recurso presentado por la FRAVM contra seis resoluciones de la directora general del Parque Tecnológico sobre autorización de tratamiento de residuos urbanos, al “considerar ajustados a Derecho los actos administrativos impugnados”.

La federación vecinal destaca que mientras el juzgado número 4 de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado su recurso, otro juzgado, el número 31, emitió hace unas semanas una sentencia diametralmente opuesta, al aceptar un recurso presentado por Más Madrid por el mismo motivo. Según la magistrada del 31, la decisión de trasladar la basura de la Mancomunidad del Este a Valdemingómez fue “precipitada” e “ilegal”.

En estos momentos la FRAVM estudia si recurre la nueva sentencia que, según ha valorado Villalobos, está llena de “interpretaciones de trazo grueso”.

Recordemos que la federación, después de numerosos actos de protesta de los vecinos y vecinas del entorno de Valdemingómez, llevó el traslado de la basura a los tribunales ya que las únicas resoluciones administrativas que lo avalaban fueron firmadas por una persona que no era competente para ello, la directora gerente del Parque Tecnológico de Valdemingómez (PTV). El 27 de diciembre de 2019 la responsable del complejo cursó una serie de autorizaciones sin que se hubiera producido “resolución administrativa alguna, ni por la Comunidad de Madrid, ni por el Ayuntamiento de Madrid, respecto de dicha cuestión, ni suscribirse convenio alguno”, puede leerse en el recurso presentado por la FRAVM.

Por otro lado, la llegada de las más de 200.000 toneladas anuales de residuos que acogía el vertedero de Alcalá de Henares chocaban de manera frontal con el Plan Regional 2017-2024 de gestión de residuos domésticos y comerciales de la Comunidad de Madrid, con la Estrategia de Residuos de la Ciudad de Madrid 2018-2022 y con los propios planes y acuerdos del PTV “en materias de capacidad de tratamiento, cuantías de vertidos, olores y costes”. “Resulta sorprendente y carente de lógica ni de argumentación jurídica alguna, que lo que supuestamente estaría amparado para el PTV, contrario a la propia normativa de residuos de la Ciudad de Madrid, que requiere la separación y el pretratamiento de los residuos, pueda ser modificado recibiendo residuos de la Mancomunidad del Este, sin pretratar, sin separar, y especialmente sin fracción de bioresiduo”, que es como ha llegado a Valdemingómez la basura del Henares en todos estos meses.

Por si esto fuera poco, el trasiego de camiones comenzó a producirse “con la ausencia de informes y documentos que se tienen que haber realizado”, como un “informe económico, informe medioambiental, informe sobre valoración de eficiencia energética” y una “memoria económica”, hechos que, sin embargo y a pesar de su contundencia, no han servido para que el magistrado del Juzgado número 4 falle a favor del recurso de la FRAVM.

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