Este hecho compromete gravemente la biodiversidad de las Lagunas de Ambroz y viola varias normativas clave.
Esta decisión coincide en el tiempo con la tramitación de la nueva Ley Ómnibus de la Comunidad de Madrid, que amplía el periodo de vigencia de las declaraciones de impacto ambiental (que pasará de cuatro a cinco años) y de sus posibles prórrogas (que aumentará de dos a dos años y medio).
El Grupo señala que la prórroga autorizada de la DIA, que permite a Tolsa continuar con la explotación minera, no se ajusta a las exigencias de las nuevas leyes europeas de conservación y restauración de la naturaleza, ni a la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, que protege espacios con valores ecológicos significativos. Además, el proyecto de Tolsa contraviene la Ley 33/2011 de Salud Pública, al no incluir un Estudio de Impacto en la Salud, recomendado en el contexto de la aproximación ONEHEALTH de la OMS y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.
A pesar del informe favorable de la Consejería sobre el Plan de Restauración, la evaluación ambiental original y el proyecto de explotación no contemplan adecuadamente la preservación de los valores ecológicos y de salud pública en el área afectada.
Problemas con el plan de restauración y el proyecto minero
El informe favorable de la Consejería exige una modificación del Plan de Restauración en un plazo de seis meses, con el objetivo de conservar la biodiversidad existente y crear un ecosistema lagunar estable. Sin embargo, el proyecto minero de Tolsa implica la destrucción completa de los ecosistemas actuales y el vaciado de la laguna existente. Estos cambios resultan incompatibles con los objetivos de conservación establecidos, lo que sugiere que el proyecto original ya no se ajusta a los requisitos ambientales actuales.
Impactos ambientales preocupantes
La actividad minera puede provocar la emisión de gases tóxicos que afectan negativamente a la fauna local y alteran los hábitats. Además, la explotación minera puede impactar negativamente en el estado ecológico y químico de las aguas superficiales y subterráneas. La falta de controles adecuados para prevenir vertidos tóxicos representa un riesgo significativo para estos recursos.
Incompatibilidad con la legislación vigente
– Ley Europea de Conservación y Restauración de la Naturaleza: La nueva legislación europea refuerza la protección de los espacios periurbanos, destacando la necesidad de conservar y restaurar los ecosistemas naturales. El proyecto minero de TOLSA, que incluye la destrucción de hábitats clave, infringe estos principios y pone en riesgo la biodiversidad local.
– Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental: Esta ley establece la responsabilidad por daños ambientales y protege los espacios naturales de impactos negativos significativos. La actividad minera en las Lagunas de Ambroz, un área de alto valor ecológico es incompatible con la ley, que busca prevenir y remediar daños ambientales graves.
– Ley 33/2011, de Salud Pública: La Ley General de Salud Pública sugiere la realización de un “Estudio de Impacto en la Salud” en proyectos con potenciales riesgos ambientales. La falta de este estudio en el proyecto de TOLSA contraviene esta recomendación y desatiende la aproximación ONEHEALTH de la OMS y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, que promueven la integración de salud humana, animal y ambiental.