Tal y como destaca la federación vecinal, la nueva propuesta de ordenanza carece de:
1. Informe de gestión desde el 2018 hasta el 2022 sobre el cumplimiento y gestión de la ordenanza que se deroga.
2. Informe económico de la nueva ordenanza que se propone.
3. Es la segunda ordenanza que se propone desde el 2018 con el gobierno del actual alcalde.
4. La única variante de la propuesta actual es una mayor concreción del tipo de ayudas, pero todas ya estaban contempladas en la ordenanza del 2018.
Desde 2018 hasta 2022 no han sido revisadas al alza las cuantías de ayudas por personas, ya sea en ayudas individuales como en las familiares. Hay que destacar que el IPC acumulado entre enero de 2018 y diciembre 2022 es del 15,5%.
“Hay que dejar constancia que estamos hablando de ayudas de emergencia social, que requieren inmediatez, agilidad para ser atendido, en la tramitación y posterior abono. Ayudas necesarias para dar de comer a menores, mayores o personas en situación de vulnerabilidad. Ayudas que no pueden esperar y que requieren una respuesta inmediata y amplia en sus contenidos”, subraya la FLAVL en un comunicado.
¿Qué es lo que cuestiona la federación?
1. Todo lo que tiene que ver con la gestión de las ayudas. Tiempos de espera para ser atendidos por los Servicios Sociales (hasta dos meses), papeleos, tardanza en la concesión y abono de la ayuda (se llega a tardar hasta más de nueve meses para su concesión y otros tantos para su abono)
2. La falta de personal en Servicios Sociales que garantice una atención rápida y adecuada.
3. Que no se gasta el dinero previsto para estas ayudas, debido a los condicionantes políticos y que afectan a la gestión de las ayudas. Tan solo se ha gastado el 36,94% de lo presupuestado en el 2022.
4. Para dejar constancia de todo ello detallamos la gestión de estas ayudas durante el 2022.
¿Qué es lo que propone con sus alegaciones?
1. Ampliación del personal de Servicios Sociales para mejorar la atención a los usuarios y usuarias.
2. Eliminación de los tiempos de espera.
3. Simplificar la gestión y la tramitación de las ayudas, programas informáticos adecuados, tiempos máximos para la concesión y abono de las ayudas.
4. Las ayudas se deben abonar en un plazo inexcusable de 72 horas.
5. Revisión al alza y del IPC anual de las ayudas a conceder.
6. Supresión de impedimentos para conceder ayudas (deudas con la administración).
7. Concreción de criterios más objetivos a la hora de definir el tipo, periodo y cuantía de la ayuda.
8. Mejoras y ampliación de ayudas a otros miembros de la unidad familiar.
9. Apertura de un Comedor Social por parte del Ayuntamiento de Leganés.
10. Garantizar las tres comidas diarias a menores, personas mayores y que vivan en la calle.
11. Supresión del concepto del silencio administrativo en la gestión de estas ayudas.
12. Información pública cada seis meses de la tramitación de estas ayudas.
Puedes ver el documento completo de alegaciones en el siguiente enlace.