El Ayuntamiento de Madrid se abstiene de ordenar y regular la proliferación de antenas de telefonía móvil

Falta de competencias. Ese fue el argumento con que justificó el Ayuntamiento de Madrid su negativa a modificar la ordenanza reguladora de la instalación de antenas de telefonía móvil para garantizar la salud de las personas, una propuesta que la FRAVM trasladó al equipo de Gobierno de la capital el pasado 17 de febrero. Los ayuntamientos de Leganés, Molina de Segura, Xirivella, Bilbao y Sant Boi de Llobregat, entre otros, saben que las administraciones locales tienen sobradas competencias para ello. Es una cuestión de voluntad política

El Ayuntamiento de Madrid se abstiene de ordenar y regular la proliferación de antenas de telefonía móvil
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El pasado 17 de febrero la FRAVM presentó en la Comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid una petición dirigida al equipo de Gobierno municipal para que habilite los cauces necesarios para asegurar la participación vecinal en la modificación de la ordenanza reguladora de las condiciones de emplazamiento, instalación y funcionamiento de las instalaciones de telecomunicación en la capital al objeto de garantizar la salud de las personas. Le faltó tiempo al Consistorio para, tras una apresurada lectura de la petición, dirigirse a los medios de comunicación presentes para denegar las propuestas alegando falta de competencias.

No es la primera vez que el Consistorio recurre al mismo argumento para cerrar las puertas a cualquier actuación dirigida a regular de forma responsable y ordenar la instalación de antenas de telefonía móvil. Yolanda Barbazán, miembro de la comisión de Medio Ambiente, afirma que “ no podemos comprender cómo los representantes de este Ayuntamiento son capaces, sin ponérseles la cara colorada, de poner esta excusa cuando saben a ciencia cierta que se cae por su propio peso. ¿No disponen de los juristas necesarios para interpretar las competencias atribuidas a las corporaciones locales por nuestro ordenamiento jurídico? ¿No se ha enterado el Ayuntamiento de la capital que otros municipios del Estado como Molina de Segura, Xirivella, Bilbao, Sant Boi de Llobregat y Leganés, entre otros muchos, ya están ejerciendo esas competencias? Es más: en la actualidad, los vecinos de Leganés están trabajando en una comisión paritaria con su Ayuntamiento para elaborar una ordenanza municipal garantista que proteja la salud de los vecinos”.

Barbazán subraya que los ayuntamientos sí tiene competencias en la materia. “Si el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tiene la obligación de evaluar que la infraestructura cumple con las especificaciones técnicas necesarias y que emite por debajo de los límites legales y el Gobierno autonómico debe vigilar el cumplimiento de los requisitos sanitarios y los medioambientales, los ayuntamientos tienen competencias en el ámbito urbanístico, de seguridad pública, medioambiental y de salubridad, así como en la elaboración de una ordenanza municipal y una descripción del equipamiento en el plan general de ordenación urbana (PGOU). También es el responsable de conceder o no las licencias oportunas (de actividad, de obras, de apertura …), así como de otras verificaciones y de asegurar que se cumple la legalidad vigente”, subraya.

Pero no sólo. Existe una nutrida jurisprudencia que señala otras muchas competencias que pueden ejercer las administraciones locales para racionalizar el despliegue de antenas de telefonía al objeto de salvaguardar la salud de los vecinos, como establecer una moratoria en la autorización de las instalaciones de antenas de telefonía móvil, recogida en una sentencia del Tribunal Superior de Navarra del 30 de octubre de 2003; la facultad de encargar estudios técnicos para evaluar las mejores ubicaciones para estas infraestructuras, reconocida en una sentencia del mismo tribunal del 21 de julio de 2003; la facultad de realizar un mapa de contaminación electromagnética para medir el impacto medioambiental de las antenas en los municipios y de estudiar un plan de despliegue de la red correspondería, asimismo, a los ayuntamientos, según una sentencia del Tribunal Supremo de 4 de julio de 2006. “Existen fundamentos suficientes para echar por tierra el argumento esgrimido por el Ayuntamiento de Madrid para denegar nuestra propuesta y, por tanto, seguiremos insistiendo. No toleraremos que nos tomen el pelo’, concluye Barbazán.

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