Los estafados de la Central Hipotecaria del Inmigrante llevan su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Los damnificados y damnificadas por la presunta estafa de la Central Hipotecaria del Inmigrante (CHI), que en 2011 dieron origen a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Madrid junto a otros colectivos, no tiran la toalla. Tras el cierre de su caso en los tribunales españoles y después de ser recibidos en el Vaticano el pasado mes de octubre, mañana presentarán una demanda en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al entender que han sido vulnerados sus derechos fundamentales. Una delegación encabezada por la portavoz de los afectados, Aída Quinatoa, y uno de sus abogados, Gonzalo Carrasco, se desplazará a primera hora de la mañana a Estrasburgo desde Madrid para tal fin.

Los estafados de la Central Hipotecaria del Inmigrante llevan su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Concentración afectados CHI en Juzgados Plaza Castilla 18 ene12

El pasado 21 de septiembre, el Tribunal Constitucional español firmó un fallo de inadmisión de un recurso de amparo presentado por los afectados de la CHI, agotando de esta manera “todos los recursos razonablemente útiles y exigibles en la vía interna”, a pesar de haber invocado “insistentemente que los derechos y libertades fundamentales son objeto de protección del artículo 24 de la Constitución española”, en palabras de los abogados de los damnificados. La resolución se producía después de un largo, lento, pero sobre todo improductivo, proceso judicial, en el que el Juzgado de Instrucción n.º 28 de Madrid decidió archivar el procedimiento en un “auto escasamente motivado y que no resolvía la práctica de las pruebas propuestas durante años por la defensa”. A pesar de que este juzgado no atendió peticiones elementales de los afectados por la presunta estafa del chiringuito financiero, dando lugar a una “grave situación de indefensión”, “impunidad y desamparo”, la Audiencia Provincial de Madrid confirmó el archivo de la causa para después inadmitir un recurso de súplica de los damnificados.

¿Cómo es posible que se haya producido el archivo de la causa penal contra la CHI, cuando incluso existen grabaciones de televisión en las que se puede ver claramente la manera irregular de actuar de su responsable, Enrique Caño? se preguntan los abogados de los afectados, para quienes la juez instructora obvió la aportación de pruebas contundentes como “letras de cambio firmadas en blanco por parte de los perjudicados, denunciantes que creían estar avalando una compra cuando en realidad eran obligados del crédito o diversos casos en los que la trama mostraba a los potenciales compradores viviendas de una gama superior y que una vez habían conseguido que avalasen a una persona desconocida se les indicaba que esa vivienda ya estaba vendida, mostrando en ese caso viviendas de una calidad muy inferior”.

Por todos estos hechos, mañana los abogados de los damnificados presentaran una demanda en Estrasburgo, ya que consideran que han sufrido la vulneración de dos derechos fundamentales: “el derecho a la tutela judicial efectiva y prohibición de indefensión” y, en segundo lugar, el “derecho a utilizar medios de prueba”, “a un proceso con todas las garantías”.

Los letrados están convencidos, y así se lo trasladarán al TEDH, de que el archivo de la causa no está suficientemente fundamentado, ya que “ni se han agotado las vías de investigación, ni se han acordado las diferentes diligencias de prueba solicitadas, ni lo escasamente actuado aconseja el archivo de la causa, siendo de especial relevancia la protección de los consumidores en la vía penal”. En este punto, hay que subrayar que la defensa de los consumidores, como son los damnificados de la CHI, aparece en el artículo 51 de la Constitución española como un principio rector de nuestra política social y económica “cuya garantía constitucional se impone a los poderes públicos”. Una protección que también recoge la Directiva 93/13/CEE así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la protección de los consumidores en ámbitos relacionados directamente con el derecho a la vivienda.

La segunda de las quejas que los abogados someterán a la consideración del TEDH tiene que ver con la vulneración del derecho fundamental a utilizar todos los medios de prueba en los procedimientos judiciales y con la “proscripción de la indefensión, ambos integrantes del derecho a la tutela judicial efectiva, a causa de la constante y reiterada denegación de práctica de prueba” del tribunal de instrucción que archivó el caso.

Recordemos que Enrique Caño se hallaba al frente de una entidad, la CHI, que se presentaba a los inmigrantes como una suerte de ONG que les ayudaba en su integración en España. Una vez que alguno mostraba interés en comprar una casa, se encargaba de realizar todos los trámites, organizando una red de avales cruzados: cada futuro propietario debía avalar a otro antes de firmar las escrituras. Muchos ni siquiera se conocían entre sí. La Central Hipotecaria del Inmigrante realizaba estas operaciones con entidades como Caja de Ahorros del Mediterráneo, Caja Madrid, Caja España, BBVA, Catalunya Caixa o Caixa Bank. Decenas de familias afectadas, casi todas de rentas modestas, han sido desahuciadas en estos años al no poder hacer frente a sus créditos hipotecarios con ellas.

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