¿Que reclamamos?
En el corto plazo…
– Una MORATORIA en la concesión de licencias y aceptación de declaraciones responsables, tanto para obra como para explotación, hasta que esté aprobada la oportuna regulación.
– Iniciar la revisión de oficio de todas las licencias concedidas para la actividad de elaboración de comidas para su distribución, así como aquellos expedientes de actividades, u expedientes de obras para la construcción de nuevos emplazamientos, que estén en funcionamiento al amparo de declaraciones responsables. Se les habrá de exigir la correcta tramitación a través del pertinente expediente de licencia urbanística.
– Llevar a cabo una campaña de inspección para identificar las actividades que están en funcionamiento sin ningún título habilitante y un mapeo del mismo público a los ciudadanos.
– Aplicación en todos los expedientes de la previsión contenida en los artículos 7.5.4.2 y 7.5.35 de las Normas Urbanísticas respecto a la exigencia de plazas de aparcamiento, tanto de dotación, como de carga y descarga, dentro de los locales o parcelas, de tal forma que las labores logísticas vinculadas a la actividad se desarrollen sin invadir o afectar la vía pública y sin conllevar mayor presión sobre el aparcamiento para residentes del vecindario.
– Vigilancia del cumplimiento en los establecimientos existentes de la normativa relativa a contaminación atmosférica y acústica, prevención de incendios y gestión de residuos. Inspección en los establecimientos existentes.
Reclamamos esto para evitar que durante el proceso de tramitación de una revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) nos veamos indefensos ante la proliferación de estos negocios. El fin último debe ser un PGOU adecuado que regule correctamente todos los aspectos de estos negocios.
Reclamamos que este marco regulatorio de mínimos contemple al menos:
- Que las cocinas fantasma de cualquier tamaño se incluyan y regulen por el Decreto 184/1998 LEPAR. Categoría 10 Hostelería. Jugando con las mismas reglas que el resto de establecimientos de hostelería.
- La limitación a un máximo de 2 cocinas el número de proyectos que pueda haber en una “zona”.
- La definición de “zona” para evitar la concentración de un número excesivo en poco espacio, lo que tendría el mismo efecto negativo que la implantación de un proyecto de múltiples cocinas en un único local. Proponemos para ello tomar como referencia los siguientes parámetros:
– no más de 2 cocinas en una misma calle si no están separadas por más de 500 metros entre ellas
-no más de 2 cocinas en un mismo área si no están a más de 250 metros de distancia entre las mismas.
- Una definición clara de la denominación “cocina” con parámetros objetivos que eviten una interpretación interesada del término (por ejemplo, 1 única cocina con 10 -20 fogones) en base a varios parámetros como
– potencia necesaria para su funcionamiento (KW eléctricos-gas)
– número de puestos de cocinado
– dimensiones en m2 de la cocina
– número de raciones diarias
- En el caso de cocinas ubicadas en edificios industriales o terciarios en áreas residenciales será preceptiva la aprobación de un Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos (PCUAU).
- Exigencia de certificación medioambiental (cumplimiento de requisitos sobre contaminación atmosférica y acústica, prevención de incendios, gestión de residuos y bajo impacto sobre la movilidad).
- Establecer como dotación obligatoria en el interior de la parcela la reserva de espacio de espera y aparcamiento de los vehículos de reparto (bicicletas y ciclomotores) para las actividades dedicadas al servicio de distribución a domicilio.
- Modificación del artículo 7.5.35 de las Normas Urbanísticas para requerir la dotación de plazas de carga y descarga para el uso industrial en establecimientos con superficie de producción o almacenaje inferior a 350 m2.
- Fijación de criterios de ubicaciones preferentes y/o prohibidas, control específico de emisiones, vertidos y residuos, horarios expresos de carga y descarga…
- Establecer una distancia mínima respecto de los colegios.
- Que el ayuntamiento, en coordinación con las administraciones regionales, proceda a hacer un estudio más amplio sobre el posible impacto y regulación de implantación aplicable a todo nuevo negocio resultado de la transformación digital de la sociedad, tales como Dark Stores o CoWorkings.
Sin duda estos modelos suponen una oportunidad para dinamizar la economía y generar nuevos puestos de trabajo, pero deben contar con una regulación adecuada que permita una correcta implantación de la sociedad. Los ciudadanos y ciudadanas no podemos ser “cobayas” de los nuevos modelos de negocio. Y consideramos inaceptable que solo ante problemas ya patentes las administraciones actúen para articular la regulación.