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Resposabilidad del vendedor

En base a la legislación vigente, el vendedor está obligado a entregar al consumidor un bien que sea conforme con el contrato de compraventa en los términos establecidos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

A efectos de la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, son vendedores las personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo. Se consideran bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado.

El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien.

Ver Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo

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